En las URIS de Bogotá hay exceso de personas retenidas. |
La exigencia de la Corte se relacionada con la infraestructura física, insalubridad, falta de atención en salud y deficiencias en la alimentación, entre otros factores.
La Corte ordenó a la Policía Metropolitana de Bogotá que dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la sentencia suspendiera el uso de remolques, carpas, buses, parques y plazas públicas como sitios de detención preventiva.
Durante los dos días siguientes a la notificación, será responsabilidad del INPEC incluir en los registros del Sistema Penitenciario a todas las personas con más de 36 horas de retención preventiva, y ordenó al propio INPEC, a la Policía y a la Alcaldía Mayor de Bogotá hacer efectivo el traslado de la población que se encuentra en las URIS durante los ocho días posteriores a la notificación de la providencia.
La decisión fue adoptada después de que los magistrados escucharan los argumentos expuestos por la Defensoría Delegada para la Política Criminal y Penitenciaria, de la Defensoría del Pueblo.
La Defensoría vigilará que lo expuesto en la sentencia T151 se cumpla. En las URIS se encuentran hacinados los presuntos responsables en la capital del país.
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